Qué títulos se homologan en España y cuáles no
No se homologa cualquier carrera: solo las treinta y seis que dan acceso a una profesión regulada. Las demás siguen otro camino —y no es peor, es otro—. Aquí está la lista oficial, con la norma de cada una, y la respuesta honesta si la tuya no aparece.
- 36
- Profesiones reguladas homologables
- RD 889/2022
- Norma que regula el procedimiento
- 6 meses
- Plazo legal. Y el silencio es negativo
Casi todo el mundo llega aquí diciendo la misma frase: «quiero homologar mi título». Y en la mitad de los casos, homologar no es lo que necesita. El RD 889/2022 abre tres puertas distintas, y elegir la que no es cuesta meses y una resolución que no sirve para nada.
Homologación
art. 5.1 · RD 889/2022Equipara tu título a un título español concreto que habilita para una profesión regulada, y te permite ejercerla. Solo existe para las 36 profesiones de la lista de abajo. Si eres médico, enfermera, arquitecta o ingeniero, esta es tu puerta.
Declaración de equivalencia
art. 5.2 · RD 889/2022Reconoce el nivel académico de tu título —grado o máster— pero no habilita para ejercer una profesión regulada. Es la vía de todo lo que no está en la lista: informática, administración de empresas, comunicación, contaduría. Y es la puerta correcta, no un premio de consolación: para esos trabajos nadie te pide una homologación.
Convalidación
art. 22 · RD 889/2022Reconoce estudios parciales para que sigas estudiando en una universidad española. No la resuelve el Ministerio: la resuelve la propia universidad. Es la vía cuando tu carrera se quedó a medias, o cuando la homologación no es viable y hay que reconstruir el camino desde dentro.
Hay una cuarta situación, y conviene decirla antes de que gastes un euro: si tu título es de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo o de Suiza, no homologas nada. Vas por el reconocimiento de cualificaciones profesionales del RD 581/2017, que es otro procedimiento y, para varias profesiones sanitarias, casi automático.
El catálogo oficial, con la norma de cada una
Cada profesión tiene su propia orden ministerial, y es ahí donde se decide tu expediente: son los requisitos que ANECA usa para medir si tu formación da la talla. Las que llevan enlace tienen guía propia; el resto las tramitamos igual, solo que aún no les hemos escrito la página.
Profesiones sanitarias (12)
Doce profesiones reguladas. Son el grueso de los expedientes: casi ocho de cada diez homologaciones favorables son de medicina.
- Orden CIN/2136/2008
- Orden CIN/730/2009
- Orden CIN/2134/2008
- Orden CIN/2137/2008
- Orden CIN/2135/2008
- Orden CIN/726/2009
- Orden ECI/332/2008
- Orden CIN/727/2009
- Orden CIN/728/2009
- Orden CNU/1309/2018
Se homologa el título de Psicólogo General Sanitario, que es la profesión regulada. El grado de psicología, por sí solo, va por declaración de equivalencia.
- Orden CIN/729/2009
- Orden ECI/333/2008
Ingenierías y arquitectura (19)
Diecinueve profesiones. Homologar el título es el primer paso; para firmar proyectos hace falta además colegiarse, y el colegio es quien visa.
- Orden EDU/2075/2010
- Orden ECI/3855/2007
- Orden CIN/312/2009
- Orden CIN/325/2009
- Orden CIN/309/2009
- Orden CIN/311/2009
- Orden CIN/310/2009
- Orden CIN/326/2009
- Orden CIN/354/2009
- Orden CIN/308/2009
- Orden CIN/323/2009
- Orden CIN/324/2009
- Orden CIN/351/2009
- Orden CIN/306/2009
- Orden CIN/350/2009
- Orden CIN/307/2009
- Orden CIN/352/2009
- Orden CIN/353/2009
- Orden CIN/355/2009
Docencia y ámbito jurídico (5)
Magisterio, profesorado de secundaria y el ámbito jurídico. Aquí es donde más gente pide el trámite equivocado: conviene leer las notas.
- RD 775/2011
El Ministerio advierte de que con un título universitario extranjero NO es viable obtener la homologación a Abogado. La vía real es convalidación parcial, Grado en Derecho, Máster de Acceso a la Abogacía y examen del Ministerio de Justicia.
- Orden ECI/3854/2007
- Orden ECI/3857/2007
- RD 775/2011
Misma vía que la abogacía: no se homologa el título profesional. Ver la nota de Abogado.
- Orden ECI/3858/2007
Se homologa al Máster de Profesorado, no a un grado. Homologar no da plaza: el acceso a la enseñanza pública es por oposición de la comunidad autónoma.
Entonces no lo homologues. Y no pasa nada.
Es la llamada que más se repite: un ingeniero informático, una economista, un periodista, un psicólogo que no va a ejercer en sanidad. Todos preguntan cómo homologar. Y la respuesta honesta —la que muchos despachos no dan, porque cobrar por un trámite imposible también se cobra— es que su título no se homologa, porque su profesión no está regulada.
Lo que necesitan es la declaración de equivalencia: el Ministerio reconoce el nivel académico de su título, y con eso opositan, se presentan a becas o siguen estudiando. Para trabajar en su sector, en cambio, no les hace falta nada de esto: ninguna empresa española pide una homologación para contratar a un desarrollador.
Cuatro de cada diez expedientes que resuelve el Ministerio son equivalencias. Es media España profesional entrando por una puerta de la que casi nadie habla.
Resolvemos tus dudas antes de empezar
¿Qué títulos se pueden homologar en España?
Solo los que dan acceso a una profesión regulada: 36 en total, según el catálogo del Ministerio. Doce sanitarias (medicina, enfermería, farmacia, odontología, veterinaria, fisioterapia, psicología general sanitaria, logopedia, óptica-optometría, podología, terapia ocupacional y dietética-nutrición), diecinueve ingenierías y arquitectura, y cinco del ámbito docente y jurídico. Si tu título no está en esa lista, no se homologa: se pide una declaración de equivalencia.
¿Y si mi título no está en la lista? ¿No puedo trabajar en España?
Sí puedes, y esta es la confusión más cara del sector. Si tu profesión no está regulada —informática, administración de empresas, comunicación, contaduría, psicología no sanitaria—, no necesitas homologar nada para trabajar: nadie te va a pedir una homologación para contratarte. Lo que se pide es la declaración de equivalencia (art. 5.2 del RD 889/2022), que reconoce el nivel académico de tu título, y sirve para oposiciones, becas o para seguir estudiando. De hecho, cuatro de cada diez expedientes que resuelve el Ministerio son equivalencias, no homologaciones.
¿Cuál es la diferencia entre homologación, equivalencia y convalidación?
Son tres cosas distintas y confundirlas cuesta meses. La homologación (art. 5.1 del RD 889/2022) equipara tu título a un título español concreto que habilita para una profesión regulada, y te permite ejercerla. La declaración de equivalencia (art. 5.2) reconoce el nivel académico —grado o máster—, pero no habilita para ejercer una profesión regulada. Y la convalidación (art. 22) es el reconocimiento de estudios parciales para seguir estudiando en una universidad española; la resuelve la propia universidad, no el Ministerio.
¿Cuánto tarda y qué pasa si el Ministerio no contesta?
El plazo legal de resolución es de seis meses, aunque en la práctica los expedientes se mueven hoy entre nueve meses y dos años según la profesión y el país. Y aquí va lo importante: si el plazo vence sin respuesta, el silencio es negativo, es decir, se entiende desestimada. Esperar de brazos cruzados es la peor estrategia posible; lo que funciona es un expediente completo desde el principio y responder en plazo a cualquier requerimiento.
Mi título es de un país de la Unión Europea. ¿También homologo?
No. Los títulos de la UE, del Espacio Económico Europeo y de Suiza no se homologan: van por el reconocimiento de cualificaciones profesionales (RD 581/2017), que es un procedimiento distinto y, para varias profesiones sanitarias, prácticamente automático. Si tienes un título europeo y alguien te está tramitando una homologación, para la máquina.

Contenido revisado por un abogado
Revisado por Alberto García López
Abogado de extranjería · colegiado nº 11.441 · ICA Málaga
Revisamos cada página conforme a la normativa vigente. Esta información no sustituye al estudio individualizado de tu caso.

El contenido de esta página tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento legal individualizado. Cada caso de extranjería requiere un estudio particular.
Globalium es un despacho de abogados independiente: no somos una administración pública ni estamos afiliados a ninguna. La homologación, la equivalencia y el reconocimiento de títulos los concede en exclusiva el Ministerio competente, y puedes solicitarlos directamente ante él. Nuestros honorarios retribuyen el asesoramiento y la representación letrada, y son independientes de las tasas y precios públicos.
